La nueva problemática del cártel de coches supone otra vez más una colectividad de afectados que nuestro sistema no tiene previsto. El cártel supuso unas prácticas ilícitas en las que un grupo de marcas de coches decidieron incrementar los precios en perjuicio de los consumidores entre el año 2006 al año 2013.
Se estima que los precios se incrementaron entre un 10% a un 15%. Esto se hizo público gracias a la Resolución S/0482/13 de la Comisión nacional de mercados y competencia.
La empresas que fueron declaradas responsables son las siguientes:
- Citroën
- Mitsubishi
- BMW
- Chevrolet
- Chrysler
- Jeep
- Fiat
- Ford
- Opel
- Honda
- Hyundai
- Kia
- Mercedes
- Nissan
- Peugeot
- Porsche
- Renault
- Seat
- Toyota
- Volkswagen
- Volvo
Es importante decir que se tiene que prestar atención al tema de la prescripción. Según la prescripción que los prescripción que los tribunales es de 1 año, desde que se publicó la primera sentencia de TS en la que se condena a una de las marcas por estos actos ilícitos contra consumidores. Por lo tanto, el primero en prescribir el 6 de mayo son las reclamaciones contra REAULT.
Los consumidores que quieran reclamar deben hacerlo cuanto antes posible, no siendo posible efectuar demandas colectivas y observando cada caso en particular.
Por otro lado, con la normativa en la mano, ostenta la competencia objetiva los juzgados de lo mercantil, y la territorial el lugar de compra o domicilio de la víctima. Siendo esto lo que en un principio correspondería, no podemos dejar de lado que este tipo de demandas normalmente se derivan a los juzgados de primera instancia, por la repetitividad en el formato y petitum de dichas demandas.
Por lo tanto, es un tema que, aunque está muy de moda, no es tan sencillo como parece, y es necesario analizar cada caso de forma individual.